Respuesta enviada por E-Mail el 16-09-2009
Estimado Hugo:
Como te anticipé y con bastante demora, respondo a tus inquietudes. La tardanza, como también te dije, se debe a las dudas que el sistema propuesto en tu memorandum me produce, toda vez que me resulta difícil concebir una jornada de trabajo parcial, en una actividad que puede producirse en cualquier momento y que por lo mismo, convencionalmente está liberada de una jornada estricta.
La jornada a tiempo parcial está reglamentada por el artículo 92 ter de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que cuenta con cinco incisos de condiciones. El primero de ellos es que el contrato a tiempo parcial puede concretarse con un trabajador que se desempeñe en un lapso diario, semanal o mensual, inferior a las dos terceras partes de la jornada habitual de trabajo de la actividad. En principio, este primer requisito está cumplido, porque las cuatro horas pactadas están por debajo de las dos terceras partes de la jornada habitual que exige la norma. En efecto, de acuerdo al art. 26 del CC de nuestra actividad, la jornada habitual del trabajador de cementerios parque es de 44 horas semanales hasta el sábado a las 13hs., quiere decir que si dividimos esa jornada semanal por los cinco días y medio, tendremos una jornada de ocho horas y si a su vez la partimos en tercios, tendremos que estos son de dos horas y sesenta y seis minutos; lo que equivale también a decir que dos terceras partes es igual a cinco horas treinta y tres minutos .
De acuerdo a esa norma, los incisos A, B y C del contrato no tienen inconveniente.
El inciso D, puede llegar a complicarte los cálculos de indemnizaciones si tuvieras que pagarlas, porque el art 245 de la LCT, señala que el sueldo que se tiene en cuenta para calcularlas será la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año …etc. Si bien estos pagos aparecen como excepcionales y en consecuencia no serían los normales y habituales, la jurisprudencia plenaria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, ha señalado que cuando los pagos excepcionales se hacen habituales (más de dos veces) se convierten en permanentes. (Plenario Nº 35: Pinol c/ Genovessi, del 13-09-956);
En el inciso E, aclararía que los elementos que se proveen al asesor no los son en propiedad ni en retribución, para que no se entienda que es un pago en especie;
En el inciso F, debe tenerse cuidado con el último párrafo, por cuanto la libertad del asesor para distribuir su tiempo es de imposible control, ya que la modalidad de las operaciones que concreta, indican que puede efectuarlas a cualquier hora del día. Pero es del caso señalar que el citado art.92 ter de la LCT, no admite que los trabajadores sometidos a esta modalidad, realicen horas extras. (art.92 ter inc.2)
El inciso G, directamente no lo incluiría, ya que las modalidades que allí se anotan son propias de la actividad que desarrolle el asesor de acuerdo a la libertad de distribuir su tiempo. En términos generales el asesor puede realizarlas de esa manera, o como mejor le convenga a su gestión.-
En síntesis: te reitero que me parece un acuerdo riesgoso por la posibilidad de conflictos que pueden producirse en una casuística de oportunidades infinitas. Ello no obstante, si desearas concretarlo, te recomiendo especialmente que se haga un acuerdo por escrito ante la delegación de Ministerio de Trabajo que corresponda o la del Ministerio Provincial si existe y en el que quede bien en claro que “el trabajador conoce y acepta las normas legales que regulan la modalidad de contrato a la se somete, aceptando asimismo las limitaciones que reconoce” . Esta anotación no impide la acción del trabajador (art. 12 de la LCT).-
Cordialmente.
Guillermo Moreno Hueyo . Abogado